exenciones de Antecedentes Penales del Ejército
la historia de un solicitante juega un papel importante en si es elegible o no para unirse al Ejército de los Estados Unidos. Es importante tener en cuenta aquí que la ley federal requiere que los solicitantes divulguen todos los antecedentes penales en las solicitudes de reclutamiento, incluidos los registros borrados, sellados o juveniles. Además, en la mayoría de los estados, los investigadores militares tienen acceso a esos registros.,
revisión del historial del solicitante
el proceso comienza con una entrevista por parte del reclutador del Ejército, preguntando al solicitante sobre cualquier registro de arresto, cargos, sentencias de la corte de menores, violaciones de tránsito, períodos de libertad condicional, cargos o condenas desestimados o pendientes, incluidos aquellos que han sido borrados o sellados.,
si el solicitante admite una ofensa o el reclutador tiene razones para creer que el solicitante está ocultando una ofensa o se indica un registro durante la verificación de la Agencia Nacional de entrada (ENAC), entonces el reclutador solicitará un registro criminal completo de las agencias policiales locales.
algunas ofensas pueden ser eximidas, y otras no. Los propios reclutadores no tienen autoridad de aprobación/desaprobación de exención., Algunas exenciones pueden ser aprobadas/desaprobadas por el comandante del Batallón de reclutamiento, otras exenciones deben ser aprobadas/desaprobadas por el Comandante General del comando de reclutamiento del Ejército.
exenciones por ofensas anteriores
Es importante tener en cuenta que los solicitantes que requieren una exención no califican para el alistamiento, a menos que/hasta que se apruebe una exención. Corresponde al solicitante demostrar a las autoridades de renuncia que ha superado las inhabilitaciones para el alistamiento y que su aceptación redundaría en el interés superior del Ejército.,
Las autoridades de exención tendrán en cuenta el concepto de «persona completa» al considerar las solicitudes de exención. Si se desaprueba una exención, no hay apelación, ya que el proceso de exención en sí es la apelación.
proceso de revisión de idoneidad
Los solicitantes con antecedentes penales (independientemente de la disposición) o carácter moral cuestionable, pero debido a cargos desestimados, acuerdos de culpabilidad o liberación sin procesamiento, deben tener una revisión de idoneidad para la determinación de alistamiento.,
se llevará A cabo una revisión de idoneidad de los siguientes cargos (independientemente de la disposición) antes de cualquier procesamiento de exención moral en todos los solicitantes:
- cinco o más cargos menores no relacionados con el tráfico
- Dos o más cargos menores relacionados con el tráfico
- combinación de cuatro o más cargos menores relacionados con el tráfico div>
Las ofensas que pueden ser eximidas incluyen infracciones de tráfico menores y delitos menores. Cualquier condena o disposición adversa por lo que el Ejército considera un delito grave requiere una exención., Una vez más, el ejército tiene su propia lista de lo que considera una ofensa grave.
Convicciones
Una convicción es un hallazgo o una declaración de culpabilidad. Los siguientes también se consideran condenas por el Ejército:
Los solicitantes que han presentado una declaración de «nolo Contendere» que fue aceptada por el tribunal a pesar de la tramitación posterior en el mismo caso para permitir la destitución, eliminación, Amnistía, indulto o clemencia basada en cualquiera de los siguientes se consideran que tienen una condena:
- (1) ausencia de violaciones posteriores.(2) evidencia de rehabilitación.,3) cumplimiento satisfactorio de un período de libertad vigilada o condicional.(4) cualquier otra apelación legal que no cambie la conclusión original por su propio mérito.
un intento de ofensa se clasificará en la misma categoría que un intento exitoso.
una persona arrestada, citada, acusada o retenida por una ofensa o ofensas y autorizada a declararse culpable de una ofensa menor debe enumerar los cargos originales y también, la ofensa menor a la que se declaró culpable. Incluso si no se requiere una exención, el arresto debe ser reportado.,
otra disposición adversa
Este término incluye todas las violaciones de la ley que no son condenas de un tribunal civil, pero que resultaron en un arresto o citación por mala conducta criminal, seguido de la imposición formal de sanciones.
- admisión en programas de diversión o similares.
- admisión en un programa de primer delincuente para adultos.
- aceptación diferida del programa de declaración de culpabilidad sentencia sorprobated.
- juzgado como delincuente juvenil.
- inscripción en programas de supervisión.,
- órdenes para pagar restitución, pagar una multa, servir servicio comunitario, pagar costos de la corte, asistir a clases o cumplir períodos de prueba que no constituyen condenas de la Corte civil.
- sentencia condicional incondicional y libertad condicional sin supervisión. Estos Términos se definen como una condena condicional impuesta por un tribunal o un estado de prueba.
registro eliminado
Algunos estados tienen procedimientos para una posterior eliminación del registro, desestimación de los cargos o indulto (en evidencia de rehabilitación del delincuente)., Tal acción elimina la condena inicial u otra disposición adversa de modo que, bajo la ley estatal, el solicitante no tiene antecedentes de condena o sentencia adversa de menores. A pesar de los efectos jurídicos de esta acción, puede requerirse una renuncia de dicho solicitante y deben revelarse los hechos subyacentes.
ofensas / comportamiento Moral que no se pueden renunciar:
si un solicitante estaba intoxicado o bajo la influencia de alcohol o drogas en el momento de la solicitud, o en cualquier etapa del procesamiento para el alistamiento, no se otorgará ninguna exención.,
asimismo, si un solicitante tiene cargos penales o de menores presentados o pendientes en su contra por las autoridades civiles, no recibirá una exención.,R restricción civil, como confinamiento, libertad condicional o libertad condicional
- sujeto de condena inicial de la corte civil o disposición adversa por más de una ofensa grave
- condena Civil de una ofensa grave con tres o más ofensas (que no sean de tráfico)
- condena inicial de la corte civil u otras disposiciones adversas para la venta, distribución o tráfico de marihuana, o cualquier otra sustancia controlada
- tres o más condenas u otras disposiciones adversas para conducir en estado de embriaguez, drogado o discapacitado en los 5 años anteriores alistamiento. ,
- Confirmado resultado positivo por alcohol o drogas
- las Personas con convicciones u otros efectos adversos disposiciones para 5 o más faltas anteriores a la solicitud de inscripción.
- No se pueden emitir Exenciones para cargos pendientes, o para personas que actualmente están bajo restricción o libertad condicional.,